En la ciudad todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta constitución y en los tratados internacionales de los que esta ciudad sea partícipe, así como de las garantías para su protección.
- Universalidad: Los derechos aplican a todas las personas sin excepción.
- Restricción excepcional: Su ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta constitución establece.
- Derecho fundamental: Incluye el derecho a la vida como derecho inalienable.
- Prohibición absoluta: En ningún caso pueden ser sometidos a tratos inhumanos o degradantes.